top of page

Condiciones particulares de descarga para sistemas de alcantarillado municipales – NOM-002-SEMARNAT-1996

  • Foto del escritor: Jonathan Gallardo
    Jonathan Gallardo
  • 14 ago 2024
  • 2 Min. de lectura

Las condiciones particulares de descarga representan una serie de estándares de calidad del agua que es desechada por los utilizadores. En otras palabras, establecen una lista de niveles máximos permisibles de concentración de contaminantes y otros parámetros con el fin de mitigar impactos adversos en el medio ambiente y la infraestructura local.

 

Vista de un tanque aireado de tratamiento de agua
Tratamiento de agua

Anteriormente, se ha discutido el contenido de la NOM-001-SEMARNAT-1996, la cual regula las descargas a cuerpos receptores propiedad de la nación (ríos, arroyos, lagos, suelo, mar, etc.), el artículo se puede revisar en el siguiente link. En esta ocasión, se discustirá la NOM-002-SEMARNAT-1996, la cual establece los límites máximos permisibles para las descargas de aguas residuales al alcantarillado urbano o municipal.

 



Los límites establecidos por la norma son los siguientes:


ree

La ley también define que los parámetros máximos para los Sólidos Suspendidos Totales y la Demanda Bioquímica de Oxígeno a 5 días son análogos a los establecidos en la NOM-002-SEMARNAT-1996. No obstante, en aquella norma existen actualmente diversos límites máximos permisibles dependiendo del cuerpo receptor; por lo que no está claro a cuál de estos límites se refiere la norma de las descargas a alcantarillado.




 

También, es posible ampliar el límite de temperatura de las descargas; siempre y cuando se haga un estudio de afectación y que en este se encuentre que no habrá repercusiones negativas en la infraestructura del drenaje.

 

Además, también es importante revisar las condiciones particulares de descarga establecidas en el permiso de descarga de aguas residuales otorgado por la Comisión Nacional del Agua; ya que es posible que las condiciones establecidas en la resolución sean más estrictas que la NOM-002.

 



Cumplir con estos requisitos regulatorios es de vital importancia para el buen mantenimiento de la infraestructura local de transporte y tratamiento de agua. Por lo tanto, el incumplimiento de estos requisitos puede generar problemas de abasto de agua, o de mala calidad en el agua para el consumo de la población en la que se encuentre la empresa.

 

En conclusión, de manera similar a las descargas a cuerpo receptor, la liberación de agua residual al sistema de drenaje y alcantarillado está regulada por una Norma Oficial Mexicana. El cumplimiento de estas condiciones es esencial para el bienestar de las comunidades y del medio ambiente en el que esté localizada una empresa.

 

Si tiene dudas sobre las Condiciones Particulares de Descarga de su empresa, o quiere mejorar su desempeño en cuanto a cumplimiento normativo, contáctenos para más información.


Referencia:


SEMARNAT. (1996). NORMA Oficial Mexicana NOM-002-SEMARNAT-1996, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal. Diario Oficial de la Federación.



 
 
 

Comentarios


Suscríbase a la EcoGaceta

Reciba nuestro Newsletter en su correo electrónico. Nuevas publicaciones cada miércoles.

Contacto

¡Gracias por su mensaje! Pronto nuestro equipo de asesores se pondrá en contacto con usted.

Monterrey, Nuevo León, México

© 2024 GB EcoSoluciones. Todos los derechos reservados.

bottom of page